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ACTA FUNDACIONAL

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ACTA DE CONSTITUCIÓN.

CREADORES PY- ENTIDAD DE GESTIÓN COLECTIVA DE AUTORES AUDIOVISUALES DEL PARAGUAY

 

En la ciudad de Asunción, República del Paraguay, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil diecinueve, siendo las 16:00 HS, en Benjamín Constant N 624, se reúnen, autoconvocadas, un grupo de personas cuyas firmas obran al pie de la presente, con el objeto de constituir una entidad de gestión colectiva de derechos de autor dedicada a la administración, defensa y protección de los intereses personales y los derechos de remuneración de directores o realizadores y de guionistas, nacionales y extranjeros, como autores de obras audiovisuales.

 

Hace uso de la palabra la Abogada Claudia Franco, quien propone la designación de dos personas para que actúen como Presidente y Secretario de la Asamblea; en tal sentido, son designados a tales fines la señora Maria Rossana Schembori y al señor Eduardo Subledia como Presidente y Secretario, respectivamente.

 

Acto seguido y luego de un intercambio de opiniones, la totalidad de los presentes resuelven: a) Formalizar la creación de la entidad como una asociación civil sin fines de lucro, a la que se le dará el nombre de CREADORES PY- ENTIDAD DE GESTIÓN COLECTIVA DE AUTORES AUDIOVISUALES DEL PARAGUAY; b) Aprobar los Estatutos por los que se regirá la Entidad, cuyo texto completo se transcribe al final de la presente como parte integrante de la misma, el cual ha sido leído previamente por los presentes. A continuación, se elige a los miembros del Consejo Directivo, del Comité de Vigilancia y del Comité Electoral, quedando constituidos de la siguiente forma: a) Consejo Directivo: Presidente JUAN CARLOS MANEGLIA, Vicepresidente: RODRIGO SALOMON, Secretario- Tesorero: MARIA ROSSANA SCHEMBORI, Vocal: EDUARDO SUBELDIA. b) Comité de Vigilancia: Presidente: ARMANDO AQUINO, Vicepresidente: JUAN MANUEL SALINAS, Secretario: JAVIER FACCIUTO. c) Comité Electoral; Presidente: PIETRO SCAPPINI, Secretario; RAY ARMELE. En razón de la imposibilidad de cubrir el cargo de Vocal del Comite Electoral al momento del Acta de Constitución, se autoriza al Consejo a designar de entre los socios al miembro Vocal, que pasará a ser socio activo, y el cual deberá ser ratificado en el cargo de la primera Asamblea General que se celebre.

 

La Asamblea por unanimidad autoriza a los Señores Dr. Jorge Gross Brown, Abg. Pablo Debuchy y a la Señorita Abg. Claudia Franco a realizar los trámites necesarios para la obtención de personería jurídica y la aprobación de los estatutos ante los organismos pertinentes; facultados expresamente para que realicen gestiones en nombre y representación de la Entidad.

 

Habiéndose cumplido con los objetivos de la reunión y agotados los temas a considerar se da por finalizado el Acto, siendo las 17:00 HS, firmando todos los presentes en conformidad.

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